I. Coadyuvar y realizar las negociaciones con los poseedores o propietarios del suelo en las áreas de interés para constituir reserva territorial para el desarrollo o proyectos prioritarios específicos del Gobierno del Estado, conforme a los Programas de Desarrollo Urbano Sustentable, realizando los actos jurídicos o administrativos necesarios que aseguren el uso o destino;
II. Promover, fomentar, apoyar e instrumentar, los procesos de regularización de la tenencia de la tierra;
III. Participar, en coordinación con la Dirección Administrativa y la Coordinación Jurídica y de Escrituración, en los procesos de enajenaciones de bienes inmuebles a personas físicas o morales, conforme a la normativa aplicable en la materia;
IV. Realizar estudios de identificación física e integrar la información documental y cartográfica de los predios de interés o susceptibles de incorporarse como reserva territorial o para proyectos prioritarios del Gobierno;
V. Colaborar con otras instancias en el desarrollo de proyectos prioritarios para el desarrollo integral de la Entidad, que involucren el factor suelo, impulsando o asesorando en los mecanismos de adquisición;
VI. Coordinar la integración de la mapoteca y cartografía básica de la Comisión, para consulta y retroalimentación, con los documentos necesarios para los trabajos inherentes a proyectos que atiende esta y, en su caso, de terceros;
VII. Coadyuvar, brindar apoyo y asesoría, a petición de los Municipios del Estado, en la integración de sus bienes territoriales;
VIII. Integrar, vigilar, actualizar y regularizar el patrimonio inmobiliario de la Comisión, conforme lo establece la Ley;
IX. Integrar, conjuntamente con la Coordinación Jurídica y de Escrituración, y en colaboración con las Secretarías, Dependencias o Entidades del Poder Ejecutivo Estatal, los expedientes técnicos y la tramitación del procedimiento expropiatorio por causa de utilidad pública en materia federal y estatal ante las instancias correspondientes;
X. Notificar a las Secretarías, Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo, la posibilidad de ejercer el derecho de preferencia que el Gobierno del Estado de Morelos, tiene sobre la adquisición de predios aptos para el desarrollo, y
XI. Coadyuvar en todos los actos, operaciones y contratos que sean necesarios para la escrituración de aquellos bienes que conformen el patrimonio inmobiliario de la Comisión y que se hayan adquirido por cualquier título, naturaleza u operación, que deba realizar la Coordinación Jurídica y de Escrituración, conforme la normativa aplicable.